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Nuria Chamorro Alonso : Colaboraciones
Sala de togas. Boletín del Ilustr Colegio de Abogados de Gijón

Varios autores
Edita el Ilustre Colegio de Abogados de Gijón

   Marzo de 1998.
   El pasado 7 de Marzo, organizada por la Consejería de Cultura del Principado de Asturias, se celebró en Oviedo la Jornada Jurídica "Violencia Doméstica: Perspectivas Jurídicas".
   Nuestra compañera Marta Rodill, enviada especial de "Sala de Togas" al evento, fotografió y entrevistó a los conferenciantes y a la Ministra de Justicia Margarita Mariscal De Gante, quién se había acercado al acto para intervenir en el Coloquio.
   La información se completa con la ponencia expuesta durante la Jornada por la Abogada de la Asoc. para la Recuperación de Niños Sacados de su País, Nuria Chamorro Alonso [...]

   Extracto de la presentación de Dña. Nuria Chamorro Alonso:

   "Para el tema concreto del trasalado ilícito de menores, ni siquiera hay una pena tan elevada como esa, la máxima conseguida en la del delito de desobediencia grava a la autoridad que es de seis meses a un año, la cual puede ir en concurrencia con el delito de coacción siempre y cuando concurran una serie de requisitos, en cuyo caso la adecuación sí es una pena más elevada. [...]"

   Extracto de la ponencia:

   "[...] Si las rupturas y crisis matrimoniales son por esencia problemáticas, cuando se trata de matrimonios o parejas de hecho mixtos, de nacionalidades y culturas diferentes, esta problemática se agudiza aún más, en relación a los hijos, que son los candidatos perfectos para ser objeto de ser sustraídos por uno de sus progenitores y trasladado a otro país de forma ilícita.
   Para resolver estos problemas, no bastan los mecanismos jurídicos normales del derecho interno del país correspondiente y, es necesaria LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
   En ese ámbito se han celebrado Convenios Internacionales, siendo de destacar en esta concreta materia:

   II.- CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ASPECTOS CIVILES EN LA SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES DE 25 DE OCTUBRE DE 1980 Y CONVENIO EUROPEO RELATIVO AL RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES EN MATERIA DE CUSTODIA DE MENORES, ASÍ COMO AL RESTABLECIMIENTO DE DICHA CUSTODIA, HECHO EN LUXEMBURGO EL 20 DE MAYO DE 1980.

   A) DEL CONVENIO DE LA HAYA DESTACAMOS LO SIGUIENTE:

  1.    España ratificó este Convenio en 1987 y considera ilícitos los traslados de un menor cuando se haya producido con infracción de un derecho de custodia atribuido separado o conjuntamente.
  2.    En su preámbulo indica el deseo de los Estados firmantes, unos 45, de proteger al menor en el plano internacional.
  3.    Es un Convenio que centra todos sus esfuerzos NO EN LA PREVENCIÓN, sino en conseguir la RESTITUCIÓN DEL MENOR A SU LUGAR HABITUAL DE RESIDENCIA Y, EN SU CASO QUE SE REGULE O SE EJERZA DE MANERA EFECTIVA EL DERECHO DE VISITA.

   [...]"

   Portada de la publicación
   Nuria Chamorro Alonso
   Nuria Chamorro, Adolfo Alonso y Ángel Cerrillos Valledor

 

 

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